La libertad de profesión u oficio es un derecho humano esencial que todos poseemos desde el momento de nuestro nacimiento hasta nuestra muerte. Este derecho se encuentra protegido por la Constitución y es una forma de equilibrar la desigualdad existente entre empleadores y trabajadores.
El artículo 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce el derecho al trabajo, a la libre elección de trabajo y a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo. Además, prohíbe toda forma de discriminación en el empleo y garantiza un salario igual para trabajo igual. La ley puede establecer medidas de protección y asistencia para los trabajadores, tales como la jornada máxima de trabajo, días de descanso, sueldos mínimos, seguros sociales, etc.
El trabajador tiene la libertad de elegir la profesión u oficio que quiera ejercer siempre y cuando sea permitido por la ley y no sea contrario a las buenas costumbres. Sin embargo, muchas veces la falta de oportunidades de empleo en el país hace que las personas tengan que dedicarse a profesiones que no son de su elección o agrado para satisfacer sus necesidades y las de su familia.
Es responsabilidad del Estado brindar políticas efectivas que permitan a los trabajadores elegir su profesión u oficio y tener acceso a oportunidades de empleo adecuadas para su desarrollo profesional. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece la importancia de proteger el derecho a trabajar y asegurar que todas las personas tengan la oportunidad de ganarse la vida y lograr un bienestar social y económico.
En resumen, la libertad de profesión u oficio es un derecho humano fundamental que debe ser respetado y protegido por el Estado. Todos tenemos el derecho de elegir la profesión u oficio que queremos ejercer y de tener acceso a oportunidades de empleo adecuadas para nuestro desarrollo profesional.